| DEFENSORÍA MUNICIPAL DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE |
| La Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente (DEMUNA) es un servicio encargado de proteger y promover los derechos de los niños, y adolescentes en la jurisdicción de la municipalidad. Desde 1997 está considerada en la Ley Orgánica de Municipalidades como una función de los Gobiernos Locales. BASE LEGAL: • Ley No. 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo No. 84. • Ley No. 27337 Código de los Niños y Adolescentes en su Artículo No. 42. PRINCIPIOS: • El interés superior del niño y adolescente, es decir, la consideración del niño como lo màs importante en cualquier situación que lo involucre. • Gratuidad, es decir, todos nuestros servicios son brindados gratuitamente a todos los usuarios y usuarias. • Confidencialidad, absoluta reserva de la información transmitida por los usuarios, salvo en el caso que lo informado sea un posible delito (sólo en este caso, el Defensor o Defensora está en la obligación de comunicar el caso a las autoridades competentes). • Carácter orientador y no impositivo, es decir, promovemos el diálogo y la búsqueda de alternativas, y evitamos la manipulación e imposición de criterios. • No discriminatorio, es decir, garantizar un trato humano, justo y equitativo y abierto a cualquier adulto, adolescente o niño. • Legalidad, es decir, nuestro actuar se desarrolla de acuerdo a la legislación y normatividad correspondiente. FUNCIONES: • Conocer la situación de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas. • Intervenir cuando se encuentren amenazados o vulnerados sus derechos para hacer prevalecer el principio de interés superior. • Promover el fortalecimiento de los lazos familiares. Para ello puede efectuar conciliaciones extrajudiciales entre cónyuges, padres y familiares, sobre alimentos, tenencia y régimen de visitas, siempre que no existan procesos judiciales sobre estas materias. • Fomentar el reconocimiento voluntario de la filiación. • Coordinar programas de atención en beneficio de los niños y adolescentes que trabajan. • Brindar orientación multidisciplinaria a la familia para prevenir situaciones críticas, siempre que no existan procesos judiciales previos. • Denunciar ante las autoridades competentes las faltas y delitos cometidos en agravio de los niños y adolescentes. ¿Sobre que ejes se orienta las funciones de la DEMUNA? PROMOCIÓN: Son las acciones planificadas orientadas a cambiar la forma de pensar y actuar de las personas en torno a los derechos de la niñez y adolescencia a fin de lograr su cumplimiento. Es importante porque: • Involucra a las familias y personas como agentes activos de su propio cambio. • Permite a las personas que asuman una actitud de respeto y cumplimiento de los derechos de los niños, las niñas y adolescentes, produciendo cambios positivos en el imaginario social. • Refuerza y desarrolla habilidades sociales y personales de los propios niños, niñas y adolescentes, para que puedan ejercer la defensa de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes. • Contribuye a la prevención de situaciones que vulneran los derechos de niños, niñas y adolescentes. • Apoya y motiva la participación comunitaria y el desarrollo de líderes que fomenten el respeto por los derechos de la niñez y lo inserten en su vida diaria. DEFENSA: La defensa se efectúa a través de la atención de casos, el mismo que es el despliegue de acciones organizadas para cesar un peligro o la vulneración de un derecho o restituirlo. Es importante porque: • Facilita el acceso a la justicia. • Contribuye a la construcción de la paz social. • Constituye un aporte de la desjudicializaciòn de los conflictos familiares en el país. • Busca el bienestar de los niños, niñas y adolescentes, contribuyendo a su desarrollo integral. VIGILANCIA: Acciones orientadas a las que la DEMUNA conjuntamente con la población organizada exijan el cumplimiento de los derechos de las niñas, niños y adolescentes y de los servicios dirigidos a los mismos. Es importante porque: • Promueve la participación directa y organizada de la población en el control del cumplimiento de los derechos de la niñez y adolescencia, así como los servicios dirigidos a los mismos. • Promueve que la población asuma como uno de sus compromisos la exigencia del cumplimiento de los derechos de las niñas, niños y adolescentes y los servicios dirigidos a los mismos. • La vigilancia no solo sirve para identificar los problemas que se suscitan en diferentes niveles, sino también para proponer alternativas de solución que normalmente son fruto de consenso de un grupo de ciudadanos organizados. COMPROMISO EN LA DEMUNA DEL DISTRITO DE ASCENSION: El Compromiso es un mecanismo alternativo para llegar a acuerdos que garanticen los derechos y obligaciones del niño y adolescente. Para esto se cuenta con la participación del Defensor o Defensora, quien promueve el diálogo y la sensibilización de las partes a fin de llegar a acuerdos que beneficien al niño, niña o adolescente, atendiendo siempre al principio de interés superior del niño, niña o adolescente y dentro de lo que la ley permite. En la Demuna de nuestro distrito, se hacen compromisos por: • NORMAS DE COMPORTAMIENTO: Son reglas o pautas que están orientadas a resguardar los derechos y obligaciones de las niñas, niños y adolescentes. Estas normas pueden aplicarse tanto a adultos como a los niños, niñas y adolescentes. • RECONOCIMIENTO VOLUNTARIO DE FILIACIÓN EXTRAJUDICIAL: Es la aceptación voluntaria del hijo o hija no reconocido ante los registros civiles por el padre o la madre. La filiación de un hijo o hija, sólo surge a partir de la firma en la partida o acta de nacimiento por parte del padre o la madre, ya sea en el momento de la inscripción o en acto posterior. ACCIONES ADMINISTRATIVAS: • INSCRIPCIÓN EXTEMPORÁNEA DE NACIMIENTO: La inscripción extemporánea consiste en la regularización de la inscripción del nacimiento de la niña, niño o adolescente en los Registros de Nacimiento del RENIEC. Se realiza cuando se ha vencido el plazo de 30 días otorgados por ley. El defensor o defensora realiza una serie de acciones que permiten a la persona que requiere el servicio, solicitar la inscripción de la niña, niño o adolescente. - MATRICULA OPORTUNA: Son las acciones que realiza el defensor o defensora para que la niña, niño o adolescente sea matriculado a una edad y tiempo adecuado. La DEMUNA puede intervenir mediando ante las autoridades del Centro Educativo y/o Asociación de Padres de Familia - APAFA, para que la ausencia de algunos requisitos solicitados para la matrícula, se haga prevalecer el derecho a la educación de nuestra niñez y adolescencia, brindándoles las facilidades para ser matriculados. - ATENCIÓN MEDICA: Son las coordinaciones que realiza el defensor o defensora con los Centros de Salud correspondientes, con la finalidad de lograr la atención médica para el niño, niña o adolescente. - DETENCIONES ARBITRARIAS: Nadie puede ser detenido excepto por dos causas específicas: • Flagrante delito o Mandato judicial Si un niño, niña o adolescente es detenido sin mediar ninguna de estas dos causas, el Defensor o Defensora podrá realizar las acciones necesarias que permitan la inmediata libertad del detenido ante la autoridad competente. DIRECCIÓN: Avenida San Juan Evangelista Nº 768 - Ascensión – Huancavelica. TELÉFONO: 067-451185 HORARIO DE ATENCIÓN: Mañanas: 8:00 am. a 1:00 pm - Tardes: 3:00 pm.a 5:45 pm. |